Denuncia del accidente a la ART
Vos o tu empleador denuncian el accidente o la enfermedad. A partir de ahí, la ART debe tomar el caso y brindarte la atención médica.

Accidentes de trabajo
¿Cómo se cobra la indemnización? El camino completo, paso a paso: de la denuncia a la ART hasta que el dinero llega a tu cuenta. Consultá gratisLa indemnización por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional no se cobra de forma automática: tiene un recorrido definido por la ley, primero administrativo (ante la SRT) y, si hace falta, judicial.
Conocer ese camino te evita sorpresas y te ayuda a no firmar de menos. Acá te lo explicamos en 5 pasos, y te acompañamos en cada uno para que cobres lo que realmente te corresponde.
Estas son las cinco etapas del reclamo, desde la denuncia hasta el cobro.
Vos o tu empleador denuncian el accidente o la enfermedad. A partir de ahí, la ART debe tomar el caso y brindarte la atención médica.
Si la ART rechaza el caso o guarda silencio, interviene la Comisión Médica de la SRT, que determina si el accidente o la enfermedad es de origen laboral.
En una audiencia médica (donde conviene estar asistido por un abogado) se fija tu porcentaje de incapacidad según el baremo. Suele resolverse en alrededor de 60 días hábiles.
La ART propone un preacuerdo con un porcentaje y un monto. Podés aceptarlo o seguir reclamando. Antes de firmar, conviene que lo revise un especialista.
Si el acuerdo se homologa, el pago llega en aproximadamente 10 días hábiles, en un único pago. Si no estás conforme, podés apelar o iniciar el juicio.
El preacuerdo es la propuesta de la ART para cerrar el caso: te ofrece un porcentaje de incapacidad y un monto. El problema es que, una vez homologado, es muy difícil de revisar. Por eso, antes de firmar, conviene que un abogado controle si el porcentaje y el monto son correctos. Muchas veces se ofrece por debajo de lo que corresponde.
El rechazo —o el silencio— de la ART no cierra tu reclamo. Habilita el trámite ante la Comisión Médica de la SRT y, si hace falta, el reclamo judicial. Lo importante es no dejar pasar el tiempo: hay plazos que corren.
Depende de cada caso, pero hay un dato clave: en la instancia judicial, los jueces laborales suelen reconocer un porcentaje de incapacidad mayor que las comisiones médicas. Eso, en muchos casos, se traduce en una indemnización más alta. En la primera consulta evaluamos si tu caso conviene cerrarlo en la SRT o llevarlo a juicio.
El monto depende de tu ingreso base, tu edad, el porcentaje de incapacidad y de dónde se resuelva (SRT o Justicia). Además hay un piso mínimo que actualiza la SRT.
Antes de aceptar lo que te ofrece la ART, dejá que revisemos tu caso. Solo cobramos si vos cobrás y la primera consulta es sin cargo.
Revisá tu caso gratisEl accidente se denuncia a la ART de tu empleador. La denuncia la puede hacer el empleador, el propio trabajador o un familiar. Lo importante es dejar constancia cuanto antes.
El rechazo no termina el reclamo. Se continúa ante la Comisión Médica de la SRT y, si corresponde, en la Justicia. Guardá la notificación de rechazo y consultá enseguida.
El plazo es de alrededor de 60 días hábiles administrativos desde la presentación, prorrogable por un período adicional para producir prueba. Luego viene la homologación y el pago.
Depende del caso. Si la oferta es justa, cerrar en la SRT es más rápido. Si está por debajo de lo que corresponde, el juicio suele dar un mejor resultado. Lo evaluamos juntos antes de que firmes.
Una vez homologado el acuerdo, el pago suele acreditarse en aproximadamente 10 días hábiles, en un único pago. Si hay juicio, el cobro llega al finalizar el proceso.
Sí. La indemnización por incapacidad permanente se abona en un único pago, no en cuotas. Por eso es tan importante que el monto sea el correcto desde el inicio.